Cambios constitucionales ¿una caja de pandora?


Jorge L. Velázquez Roa

@JorLuVR

En mi entrega anterior advertía sobre la ambigüedad y la necesidad de que se aclare el alcance y contenido de la propuesta de reforma que el virtual presidente electo expuso como una de las primeras doce reformas al marco legal que, en su momento, someterá a consideración del Poder Legislativo, relativa a “quitar trabas o candados para la aplicación de todos los procedimientos de consulta ciudadana que deberán tener carácter vinculatorio con el propósito de hacer valer la democracia participativa”.

De entrada, no queda claro si se busca modificar la Constitución, misma que ya contempla en su artículo 35, fracción VIII, la figura de consulta popular o si sólo se busca reformar la Ley Federal de Consulta Popular que regula el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de dicha consulta. Otra posibilidad es que se modifiquen ambas o que se expida una nueva ley en la materia de consulta ciudadana que abrogue la ya existente. Si sólo se busca reformar la ley o expedir una nueva, las reglas básicas contenidas en la Constitución para la consulta seguirían vigentes y, por lo mismo, se preservaría quiénes pueden convocar a un ejercicio de esta naturaleza, bajo qué condiciones el resultado sería vinculatorio, los temas que no pueden ser objeto de consulta, cuándo se puede llevar a cabo estos ejercicios, así como la potestad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta. Al no quedar claro a qué “trabas” o “candados” se refiere la propuesta, la puerta está abierta para cualquier cambio.

Dado el reciente anuncio de que la construcción del nuevo aeropuerto de la Ciudad de México será sometida a consulta, se puede inferir que la intención de la propuesta es modificar la Constitución y no solo la ley, ya que de lo contrario dicha consulta sólo podría llevarse a cabo hasta la siguiente jornada electoral federal, es decir, hasta las elecciones intermedias de 2021, lo cual no parece ser la intención del virtual ganador de las elecciones. Ahora bien, si se elimina la “traba” o “candado” de la temporalidad de este tipo de ejercicios ¿por qué no habría de modificarse también la “traba” de los temas que pueden ser sometidos a consulta o bien eliminar el “candado” que representa la potestad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver sobre la constitucionalidad de la materia de las consultas? Con la composición de la próxima legislatura federal, así como la de la mayoría de las legislaturas estatales, esto cambios serán relativamente fáciles de realizar.

Si bien la mayoría de las democracias representativas contempla mecanismos de democracia directa, tales como el plebiscito, el referéndum o la consulta popular, éstos suelen ser utilizados de manera excepcional y bajo condiciones y circunstancias generalmente estrictas y bien reguladas. Por lo general suelen utilizarse para cuestiones de relevancia nacional y que no sean de carácter técnico. Sobran ejemplos en la historia en donde el uso irrestricto de estos mecanismos ha conducido a una forma de gobierno personalizada, que se caracteriza por la acumulación de poder en torno a una sola persona, la cual se sitúa en la práctica por encima de los demás poderes representativos formalmente establecidos.

En el caso mexicano, si en el extremo se quitan todas las “trabas” y “candados” constitucionales mencionados arriba, el Poder Ejecutivo podría convocar en cualquier momento y cuantas veces quiera a una consulta popular sobre cualquier tema, sin necesidad de que éste sea validado por ninguna otra autoridad o poder ¿Acaso las “trabas” de la propuesta se refieren a los contrapesos que pueden representar le Poder Legislativo (en caso de no contar con la mayoría que tendrá al menos por los siguientes tres años) y el Poder Judicial? Desregular por completo el mecanismo de democracia participativa que ya contempla nuestra Constitución podría ser la caja de pandora de nuestra democracia.

Otro tema relacionado con la Constitución que, aunque no se percibe como algo inminente, pero también debe llamar a la reflexión es la idea de elaborar una nueva Constitución. La idea no es nueva, en su momento el todavía candidato dijo durante su campaña que la Constitución debería retornar a su forma original del año 1917, y más recientemente ésta ha sido retomada por el diputado electo Porfirio Muñoz Ledo, quien conoce de estos temas. El problema no es si debe o no haber una nueva Constitución, eso es un tema que debe ser discutido y sopesado por expertos.

Sin embargo, por la forma en que fue planteada por el futuro legislador, pareciera que MORENA no descarta la idea de aprovechar su condición de mayoría para, durante el segundo tercio del sexenio, convocar a una Asamblea Constituyente. El problema radica en que si se elabora una nueva Constitución en la que no haya un cierto consenso social y político, su imposición podría conducir en el mediano y largo plazo a cierta inestabilidad política. Ojalá prevalezca la prudencia entre los nuevos (otros no tanto) protagonistas de la política nacional y expliquen de manera clara y transparente sus intenciones, ya que la tentación del poder omnímodo parece tocar a su puerta.

 

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